Desde el Observatorio de las Violencias y Desigualdades por Razones de Género del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad conjuntamente con el Observatorio de Discriminación en los medios del Instituto Nacional contra la Discriminación, Xenofobia y Racismo (INADI) y el Observatorio contra la Discriminación en Radio y TV, del Ente Nacional de Comunicaciones, (ENACOM) en el marco del Convenio firmado entre dichos organismos con el propósito común de realizar una labor de prevención, seguimiento y observación respecto de buenas prácticas en el ámbito de la comunicación social a fin de prevenir toda conducta que suponga el fomento de la violencia de géneros, la discriminación, el racismo, la xenofobia, los discursos de odio o el maltrato verbal o simbólico a distintos grupos sociales, manifestamos nuestro repudio y preocupación frente a la ilustración publicada el día 3 de marzo de 2021 por el portal digital de noticias Agencia Nova titulada “Parásito del Estado: Donda suma otra denuncia por usar un abogado del INADI para causas personales” la cual representa un claro ejemplo de violencia simbólica y política, y un menoscabo a la condición de mujer de la actual Interventora del INADI, Victoria Donda, equiparando una causa judicial con perspectivas de carácter sexual  que, además, posee connotaciones discriminatorias por raza.

La violencia simbólica manifestada en la publicación de referencia legitima y promueve la violencia de género cuyas formas más extremas son los femicidios, travesticidios y transfemicidios. Mientras le pedimos al Poder Judicial que tenga una mirada con perspectiva de género para evitar más muertes, la publicación banaliza las luchas, tornándose inadmisible.

No es la primera vez que Agencia Nova ejerce violencia simbólica y política contra mujeres que se desempeñan en la función pública lo que reviste una gravedad aún mayor frente a la finalidad de dichas coberturas periodísticas por parte del medio. Dichas formas de violencia contribuyen a sostener patrones culturales que promueven y perpetuan en el tiempo las violencias y desigualdades basadas en el género.

Es importante resaltar que en nuestro país se encuentra vigente la Ley 26.485, de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos en los que desarrollen sus relaciones interpersonales, sancionada en marzo de 2009, que define entre otras modalidades, la violencia simbólica y la política. También las Convenciones y Tratados Internacionales que gozan de jerarquía constitucional son particularmente enfáticos en la condena a las diversas formas de violencia mediática y en la exigencia de un tratamiento que contemple la perspectiva de género en los medios de comunicación social.

Frente a esto y ante la gravedad que reviste el hecho condenamos y repudiamos la ilustración de la nota antes mencionada y reiteramos la necesidad de promover buenas prácticas para evitar contenidos que puedan resultar agraviantes, discriminatorios o que vayan en contra de los principios contemplados en la legislación vigente.