El 25 de abril de 2012 el Observatorio de la Discriminación en Radio y TV mantuvo una reunión con los productores del programa “Desayuno Americano” por los comentarios discriminatorios de un segmento emitido el 15 de marzo.  Durante los siguientes días, parte de lo considerado en dicho intercambio, así como las recomendaciones otorgadas (1), fue usado en la realización de las siguientes emisiones. No obstante, durante los primeros días de junio nuevamente llegaron al Observatorio reclamos sobre comentarios discriminatorios hacia distintos grupos vulnerados realizados por quienes están al frente de este mismo programa. En este marco, el Observatorio volvió a comunicarse con la productora, que se comprometió a revisar con su equipo de panelistas aquello que aunque sin intenciones estigmatizadoras, ni discriminatorias, se reproduce a diario afectando a distintos sectores de la comunidad.

Notas:
(1)

a) No deben considerarse los enunciados discriminatorios como argumentos válidos y atendibles, sino que debe señalarse críticamente el carácter extendido y naturalizado de su uso cotidiano. Por el contrario, las designaciones discriminatorias deben ser consideradas como tales;
b) Sugerimos evitar caracterizaciones y “perfiles” que impliquen una naturalización del prejuicio, la burla y/o el insulto, o la exposición de los conflictos por géneros u orientaciones y prácticas sexuales no normativas como nota de color o pintoresquismo;
c) Cuestionar los estereotipos que el sentido común establece en relación con la desigualdad y las diferencias haciendo visible que las imágenes binarias, construidas a partir de rasgos asignados a mujeres y varones como características constantes, atemporales y ahistóricas de “lo femenino” y “lo masculino”. Esta tipología es la que habilita la burla y el desprecio hacia prácticas que no responden a los parámetros de “normalidad” (hombre blanco, heterosexual, de clase media). En la medida en que los estereotipos son usados para afirmar la aparente “regularidad” de una situación, hay que tener presente que limitan a los sujetos a un espectro restringido de actuaciones o acciones o profesiones que luego se naturalizan como “lo real”.;
d) Parte de la responsabilidad periodística es contextualizar las prácticas discriminatorias aunque gocen de popularidad o aceptación por las situaciones en las que son producidas y consideradas como “excepcionales” o incluso “triviales” cuando constituyen acciones que deben discutirse en el marco político de sus efectos ideológicos.