Febrero 2013
El Observatorio convocó en dos oportunidades al Sr. Alberto Casella, conductor Bendita TV, para que recibiera recomendaciones en pos de una comunicación inclusiva en tanto el programa que conduce fue objeto de diversos reclamos por sus discursos estigmatizantes y discriminatorios. No obstante, a diferencia de lo que hace la mayoría de las producciones de los programas observados, nadie respondió a dichas convocatorias. En este marco, presentamos el informe que enviamos al Sr. Casella y volvemos a invitarlo a participar de una reunión con nuestro equipo con el objetivo de evitar la reproducción de discursos de este tipo.
Conceptos discriminatorios hacia los y las Testigos de Jehová:
El Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión ha recibido una serie de reclamos relativos al segmento humorístico del programa Bendita TV del 8 de febrero de 2013.
En el sketch “Los Mazitelli” se observa un matrimonio que está haciendo terapia de pareja a domicilio. El conductor del programa, Beto Casella, compone el personaje del marido y, entre otros conceptos acerca de su visión de los psicoanalistas, le dice a la terapeuta:»Yo prefiero atenderle uno de esos testigos de Jehová un domingo a las 8 de la mañana.»
A esa afirmación sigue lo que Edith Hermida, en el papel de esposa, dice sobre la madre de su marido y que genera que la supuesta psicóloga, Any Ventura, dirigiéndose a Casella, afirme:
«No vamos a hablar de su mamá, pero es interesante que usted haya asociado a los testigos de Jehová que chupan el cerebro con la Psicología. Nosotros acá no le vamos a chupar el cerebro».
La afirmación de la supuesta psicóloga está proferida en un tono neutro, sin aclaraciones ni repreguntas, dejando entrever en forma manifiesta y explícita que la religión de los Testigos de Jehová tendría características deshumanizantes y negadoras de las individualidades. Una afirmación de estas características implica una actitud estigmatizante hacia los/as miembros de esta religión.
Hay un sinfín de mitos que rodean a esta comunidad religiosa. Afirmaciones como la que analizamos aquí se relacionan con la idea de que se trata de una “secta”, con el sentido peyorativo que se le suele atribuir a las sectas: oscurantistas, peligrosas, captadores de de “inocentes”, son vinculados al delito y a la práctica de ritos satánicos.
El imaginario social suele pensar a los y las Testigos de Jehová como sujetos irracionales y fanatizados. O también como personas aburridas y que no participan de rituales sociales ampliamente aceptadas por otros colectivos como el festejo de la navidad y de los cumpleaños.
El Plan Nacional Contra la Discriminación, explica que pese a la existencia de diversas religiones en el seno de la sociedad argentina, algunas muy arraigadas y ligadas al fenómeno de la diversidad de pueblos que la compusieron y continúan integrándola, los medios de comunicación suelen replicar únicamente que la inmensa mayoría de las/os habitantes de la Nación Argentino practican la religión Católica Apostólica Romana. Toda alusión a la diversidad de religiones y a una religión distinta de la Católica Apostólica Romana es considerada como “otras”, “diferentes” a la “norma” y caracterizadas como “marginales” o “reducidas” y “no convencionales”.
Asimismo, es habitual que se mantenga una sutil relación entre viejos y nuevos estereotipos: pervive un marcado antisemitismo, sumado a una fuerte islamofobia, etc. Las formas de discriminación hacia la espiritualidad indígena se presentan en la folklorización o la invisibilización total. Asimismo, las nuevas formas de religiosidad de los sectores populares son automáticamente caracterizadas de “sectas”.
En este sentido, acerca de los Testigos de Jehová, el documento titulado “Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación” (Aprobado por Decreto 1086/05 y cuya aplicación corresponde al INADI) señala que existen ciertas situaciones que históricamente han estado asociadas a esta religión. Así, el citado documento señala que “En 1924, comenzó su obra de predicación en la Argentina, aunque tuvieron muchas dificultades para ejercer su culto, especialmente durante la década del treinta. En 1947, cuando se habilitó el Registro de Cultos, pudieron inscribirse, pero al año siguiente su inscripción fue cancelada. Recién logran ser registrados de modo estable en 1984, con el restablecimiento de la democracia.” Y establece distintos motivos por los cuales quienes profesan esta religión han sido -y en ocasiones continúan siendo- discriminados/as (entre los casos más polémicos constan los tratamientos médicos que no admiten transfusiones de sangre; la relación con los símbolos patrios; diferencias en el pago de impuestos y el no reconocimiento en diversos ámbitos de sus días).
Atento estos motivos y habiendo analizado la ausencia de crítica a estos prejuicios socialmente instalados, desde este Observatorio entendemos que comentarios como el señalado sólo sirven para reproducir un juicio descalificatorio sobre los/as Testigos de Jehóva, renovando antiguas ofensas.
